Confecoop pide a UGPP no excluir a las CTAs del Programa de Apoyo a Empleo Formal

La Confederación asegura que las Cooperativas de Trabajo Asociado – CTAs están cobijadas por la norma y que su exclusión de este beneficio se origina en una mala interpretación de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscal – UGPP, por lo que pide que se corrija el error.

La Confederación de Cooperativas de Colombia – Confecoop, de la que hace parte ASCOOP, envió hace algunos días una carta a la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscal – UGPP, donde manifestó su preocupación porque esa entidad está negando a las Cooperativas de Trabajo Asociado el acceso al “Programa de Apoyo al Empleo Formal- PAEF, con cargo a los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias – FOME”, pese a que tinen todo el derecho de acceder a esos recursos.

El programa, que busca preservar el empleo formal ante la crisis ocasionada por la pandemia del Covid-19, fue creado por el Gobierno Nacional, a través del Decreto 637 de 2020 y se modificó parcialmente por los Decretos 677 y 815 de 2020.

En la misiva Confecoop solicita a la UGPP corregir la interpretación errónea que le están dando a la norma, que en su artículo segundo, consigna que pueden acceder a los beneficios de este programa “las personas jurídicas, las personas naturales, los consorcios y las uniones temporales, en los términos establecidos en esos Decretos, que hayan sido constituidos antes del 1 de enero de 2020; cuenten con una inscripción en el registro mercantil y su inscripción haya sido realizada o renovada por lo menos en el año 2019; demuestren la necesidad del aporte estatal al que se refiere el artículo 1 del presente Decreto Legislativo, certificando una disminución del veinte por ciento (20%) o más en sus ingresos; no hayan recibido el aporte de que trata el presente Decreto Legislativo en cuatro ocasiones y no hayan estado obligadas, en los términos del artículo 8 del Decreto Legislativo 815”.

Las cooperativas de trabajo asociado han adelantado los trámites correspondientes con el objeto de acceder a este beneficio, a través de entidades del sistema financiero vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia y la Superintendencia de la Economía Solidaria, pero la UGPP asegura que debido a su naturaleza jurídica las Cooperativas de Trabajo Asociado no pueden ser beneficiarias de este programa porque solo aplica para trabajadores dependientes.

Confecoop, con el respaldo de ASCOOP y todos los gremios solidarios, está a la espera de reunirse con los directivos de la UGPP para dialogar acerca de la interpretación de la norma y exigir el cumplimiento del beneficio para las cooperativas de este tipo-

El comunicado completo en https://bit.ly/3i4jEYM

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