El Colegio de Abogados de Derecho Cooperativo y Solidario –COOLEGAS– presenta análisis jurídico y académico sobre la Circular Externa 88 de 2025 de la Supersolidaria

El Colegio de Abogados de Derecho Cooperativo y Solidario –COOLEGAS– presentó un análisis jurídico de la Circular Externa 88 del 13 de agosto de 2025, emitida por la Superintendencia de la Economía Solidaria. Aunque reconoce la importancia de fortalecer la transparencia y el buen gobierno en las entidades solidarias, el organismo advierte que varias disposiciones podrían vulnerar la autonomía cooperativa, contradecir normas superiores y generar inseguridad jurídica en el sector.

El Colegio de Abogados de Derecho Cooperativo y Solidario –COOLEGAS–, integrado por 42 juristas expertos a nivel nacional, remitió a la Superintendente de la Economía Solidaria, un análisis jurídico de la Circular Externa N.º 88 de 2025, que introduce una Guía para la implementación de mejores prácticas de buen gobierno para empresas solidarias supervisadas por la Superintendencia de la Economía Solidaria.

Si bien COOLEGAS reconoce que la iniciativa busca elevar estándares de transparencia y confianza en el sector, advierte que las disposiciones de la circular presenta ambigüedades que podrían:

  • Desbordar la competencia del supervisor, al imponer marcos regulatorios que no se encuentran en la ley.
  • Desconocer la autonomía cooperativa, la autogestión y la autorregulación, pilares reconocidos por la Constitución y la ley.
  • Contradecir normas de mayor jerarquía, como la Ley 79 de 1988, la Ley 454 de 1998 y el Decreto 962 de 2018, vigente en materia de buen gobierno cooperativo.
  • Generar inseguridad jurídica por la coexistencia de lineamientos obligatorios y voluntarios expuestos en dicha Guía.

El análisis también señala riesgos específicos, como la imposición de requisitos homogéneos para directivos, la reconfiguración de competencias de la Asamblea y del Consejo de Administración, la creación de comités consultivos sin sustento legal, la limitación de la reelección de consejeros, y un acceso a la información que podría vulnerar la protección de datos y el derecho de inspección regulado.

Nuestro propósito no es oponernos al avance en estándares de buen gobierno, sino proponer correctivos que armonicen la orientación de la Superintendencia con el marco legal y con la identidad democrática del modelo cooperativo.

Lea el análisis jurídico completo aquí: https://colombiacooperativa.coop/wp-content/uploads/2025/10/COOLEGAS-Analisis-Juridico-Circular-88-Guia-de-Buen-Gobierno.pdf

Únase a la conversación, lo invitamos a compartir este artículo.

Send this to a friend