Con la Ley 2173 se establecen “áreas de vida y creación de bosques” en cada uno de los municipios del país, con la participación activa de toda la población y el trabajo conjunto de empresas y entidades en la restauración y conservación ecológica del territorio a través de la siembra de árboles.
La norma establece directrices generales para la creación de áreas de vida, a cargo de las alcaldías y con la guía de las corporaciones autónomas regionales, corporaciones de desarrollo sostenible, las autoridades ambientales de los grandes centros urbanos a las que se refiere el artículo 66 de la Ley 99 de 1993, los establecimientos públicos ambientales a los que hacen alusión las leyes 768 del 2002 y 1617 del 2013 y Parques Nacionales Naturales, según su respectiva jurisdicción.
Estas entidades deberán destinar un porcentaje del territorio municipal para promover la siembra, el manejo, el mantenimiento y el monitoreo de especies de árboles por parte de los ciudadanos y las empresas, quienes serán reconocidos por su labor.
En adelante, todas las medianas y grandes empresas deberán desarrollar un programa de siembra en las zonas establecidas, sembrarán mínimo dos árboles por cada uno de sus empleados.
También se expedirá el certificado Siembra vida buen ciudadano, como prueba de cumplimiento por plantar árboles en el territorio nacional. El reconocimiento supone la posibilidad de acceder a beneficios como descuento hasta del 10 % en el costo de la matrícula en instituciones de educación superior oficiales; 10 % de descuento en el valor a cancelar por el trámite de apostilla o legalización de documentos; 10 % menos en el valor de expedición del certificado de tradición y libertad de inmuebles; 10 % de beneficio en el valor de la tarjeta profesional y hasta descuento del 5 % en el valor del servicio público domiciliario que elija el ciudadano.
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Fuente: Congreso de la República