Presentan proyecto sobre Procesos de Toma de Posesión

La Superintendencia de la Economía Solidaria dio a conocer para comentarios de las organizaciones solidarias, sus asociados y la ciudadanía, el proyecto del Título VI de la Circular Básica Jurídica, “Procesos de Toma de Posesión”. Se reciben comentarios hasta el 9 de octubre hasta la 5 de la tarde.

Ver documento completo aquí:

http://www.supersolidaria.gov.co/es/normativa/circular-basica-juridica

El documento se compone de dos partes. La primera parte, “Disposiciones comunes para organizaciones en intervención forzosa administrativa”, comprende un primer título sobre los requisitos para la conformación de la lista de agentes especiales, liquidadores, contralores y revisores fiscales para las organizaciones supervisadas por la Superintendencia de la Economía Solidaria y establece el proceso de selección de aspirantes y conformación de la lista de revisores fiscales y contralores. Un segundo capítulo alude a las facultades y deberes de los designados: agentes interventores, liquidadores, revisores fiscales y contralores. En un tercer capítulo, se explican los aspectos generales de la toma de posesión.

La parte 2, las “Actividades del proceso de toma de posesión de las organizaciones solidarias vigiladas por la delegatura para la supervisión del ahorro y la forma asociativa” comprende un primer capítulo, establece la información base para efectuar seguimiento a los procesos de toma de posesión general y toma de posesión para administrar. Un segundo capítulo establece la información base para efectuar seguimiento a los procesos de liquidación forzosa administrativa.

La parte 3, “Instrucciones aplicables a las organizaciones que supervisa la Delegatura para la Supervisión de la Actividad Financiera del Cooperativismo”, comprende un primer capítulo sobre información base para efectuar seguimiento a los procesos de toma de posesión general y toma de posesión para administrar. Un segundo capítulo alude a la fiscalización de las organizaciones en intervención administrativa. Un tercer capítulo determina el procedimiento aplicable a los procesos de intervención forzosa administrativa.

Cabe destacar que se publicarán las respectivas modificaciones por capítulos, para facilitar el estudio de la Circular Básica Jurídica.

Se recibirán comentarios hasta el 9 de octubre de 2020, a las 5:00 p.m. a través del correo electrónico: oficinajuridica@supersolidaria.gov.co. Los comentarios también pueden ser enviados a la Dirección Jurídica de ASCOOP: juridica@ascoop.coop

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