Gobierno toma medidas tributarias de emergencia

A raíz de la declaratoria de la emergencia sanitaria adoptada por el presidente Iván Duque de Colombia, para afrontar la pandemia del COVID-19, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 401 del 13 de marzo de 2020, el cual plantea modificaciones tributarias.
Gobierno toma medidas tributarias de emergencia

En primer lugar, se extendió el plazo para la declaración de normalización tributaria y normalización de activos omitidos en el exterior, cuyo plazo ahora va hasta hasta el 25 de septiembre de 2020, excepto para los contribuyentes que sean personas naturales, quienes conservan los plazos expuestos anteriormente.

Por otra parte, cambian las fechas para que los pagar el anticipo que tienen que hacer los contribuyentes pertenecientes al Régimen Simple de Tributación – Simple (específicamente para los períodos de enero-febrero y marzo-abril.

El Decreto también establece medidas especiales para las empresas dedicadas al transporte aéreo comercial de pasajeros, los contribuyentes del sector hotelero que prestan servicios hoteleros y aquellos contribuyentes que tienen como actividades económicas principales la 9006 – actividades teatrales, 9007- actividades de espectáculos musicales en vivo y 9008 – otras actividades de espectáculos en vivo. Esto  teniendo en cuenta que estos contribuyentes se han visto afectados por la disminución de pasajeros, turistas y espectadores, razón por la cual se prorrogan las fechas de pago del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2019 y las fechas de pago del impuesto sobre las ventas –IVA, del bimestre marzo-abril y del cuatrimestre enero-abril del 2020.

De esta manera el Gobierno envía un mensaje de conciencia sobre el hecho de que el COVID-19 es una realidad que está generando efectos negativos en la economía y que repercutirá en la posibilidad de pagar a tiempo los impuestos, así como de cumplir con las demás obligaciones asociadas  a estos.

 Es de esperar que el gobierno emita el los próximos días un paquete de medidas económicas donde:

  • Se suspendan o prorroguen los términos de los procesos tributarios.
  • Que el calendario de vencimientos de impuestos nacionales y territoriales se ajuste de acuerdo a las medidas económicas aplicadas.
  • Que se tomen medidas complementarias necesarias para ayudar a las empresas que se verán afectadas por la crisis.

Consecuentemente, creemos que se deben adoptar medidas similares de manera general para todos los sectores ya que no se incluyó el Régimen Tributario Especial, por ejemplo la actualización y presentación de la memoria económica, que con vencimiento a más tardar el 31 de marzo de 2020,  implica realización de asambleas en momentos que el gobierno prohíbe la reunión de personas, por lo tanto se debe dar tiempo suficiente para la implementación de tecnologías que permitan estas reuniones de forma virtual.

Durante este tiempo el gobierno deberá reorientar la economía, solucionar los problemas asociadas a este nuevo desafío  global y el sector de la economía solidaria ofrece una filosofía de trabajo mancomunado que debe ser tomado como ejemplo en estos momentos.

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