IV Encuentro de Derecho Cooperativo y Solidario Coolegas

El objetivo del evento fue analizar el panorama actual de las entidades de economía solidaria visto desde la supervisión, sustentando miradas jurídicas, empresariales y de derecho comparado para generar una propuesta jurídica que permita avanzar en un cambio que aporte en su aplicación.

El pasado 1 de diciembre se llevó a cabo este importante evento por parte del Colegio de Abogados de Derecho Cooperativo y Solidario – COOLEGAS, en el cual se abordó el tema “Supervisión y Gestión Empresarial, elementos clave para un desarrollo del modelo solidario”, con el fin de analizar el panorama actual de las entidades de economía solidaria visto desde la supervisión, sustentando miradas jurídicas, empresariales y de derecho comparado para generar una propuesta jurídica que permita avanzar en un cambio que aporte en su aplicación. Se contó con la asistencia de 70 entre colegiados, directivos, abogados y juristas de las entidades solidarias.

Temáticas

  • Análisis del panorama actual de las entidades de economía solidaria visto desde la Supervisión.

Dr. Alejandro Rodríguez Zárate, Coolegas, Académico

  • Perspectivas del Estado frente a una Supervisión Colaborativa

Dr. Fidel Armando Ciendúa Vásquez, Coordinador Oficina Asesora Jurídica

Dr. Iván Eduardo Matiz Sánchez, Asesor, Superintendencia de la Economía Solidaria

  • El ámbito de la Supervisión en América Latina, perspectivas y recomendaciones

Dr. Álvaro Durán Vargas – DGRV

  • Panel “Reflexiones y diálogo como elemento experiencial para consolidar una regulación basada en el modelo cooperativo y solidario”

Dr. Jorge Andrés López Bautista – Presidente del Banco Coopcentral

Dr. Enrique Valderrama – Presidente de Fecolfin

Dr. Ricardo Lozano Pardo, líder del sector

Moderador: Dr. Carlos Mario Zuluaga, miembro Consejo Directivo de Coolegas

  • “El deber ser de la supervisión de acuerdo con la recomendación 193 de 2002 de la OIT”

Dra. Ifigeneia Douvitsa, especialista en Derecho Cooperativo

  • Evolución y perspectivas del modelo de supervisión de las Cooperativas en Colombia

Dr. Jorge Hernando Leal Ussa

  • Reflexiones y experiencias de los Gerentes Generales de cuatro importantes entidades cooperativas del país.

Dr. Gustavo Alberto Escobar, Gerente de la Cooperativa Consumo

Dr. Edinson Castro Alvarado Gerente General de Canapro

Dr. Juan Pablo Vélez Goez, Gerente de la Cooperativa FEBOR E.C

  • Conclusiones: Desde una mirada académica al ejercicio de la Supervisión

Dr. Antonio José Sarmiento Reyes, abogado de la Universidad de Los Andes

Conclusiones

  • No hay un acuerdo entre las cooperativas, los exsuperintendentes, la Superintendencia, ni el Colegio de Abogados; hay temas con posiciones diferentes y por eso, es importante dar el debate y tener unas propuestas normativas.
  • Hay un marco jurídico internacional que dice que las relaciones entre el estado y las cooperativas deben enmarcarse en la recomendación 193 de la OIT del 2002.
  • La función de la rama ejecutiva y en este caso, de la Superintendencia de la Economía Solidaria, es cumplir y hacer cumplir la ley; esto significa la regulación por un lado y por el otro, la supervisión. Por eso, la Superintendencia, con base en las normas legales expide sus circulares y otras instrucciones normativas para el desarrollo de las actividades del sector desde el punto de vista del Estado. 
  • No es suficiente con expedir normas, esa regulación debe ser supervisada para que se cumpla, en eso consiste hacer cumplir la ley.
  • La labor de la Superintendencia depende mucho del marco normativo; si el marco normativo le exige supervisar a todas las organizaciones de la economía solidaria del país, la Superintendencia no puede desconocerlo, sino que tiene un amplio campo de trabajo desde el punto de vista de la supervisión; debería revisarse la normatividad para hacer mas racional ese marco normativo.
  • Se debe buscar un punto medio, tanto en la regulación como en la supervisión, para que no haya un exceso de normatividad ni de supervisión porque son importantes para el fortalecimiento y desarrollo del sector solidario.
  • Desde el punto de vista de la regulación y, con base en la hoja de ruta que tiene la URF, se debe respetar la naturaleza jurídica de cada tipo de organización y debe haber una segmentación para efectos de la supervisión.  
  • Lo ideal sería que la Superintendencia no tuviera la necesidad de revisar a todas las organizaciones, sino que las más pequeñas actuaran bajo su propia responsabilidad; en casos extremos entraría la Superintendencia a tomar medidas como parte del Estado.
  • Por las normas constitucionales, específicamente por el Artículo 189 N° 24 de la Constitución Política no puede delegarse la supervisión y no puede haber supervisión auxiliar en Colombia.
  • Para que exista una colaboración técnica de los gremios es necesario que la normatividad los fortalezca y que haya mayor integración.
  • No hay una definición para el caso de la Superintendencia de la Economía Solidaria sobre lo que es inspección, control y vigilancia y es importante porque cuando se habla de supervisión colaborativa técnica, lo único que podría hacer el sector es vigilancia.
  • Se justifica tener una Superintendencia especializada en el sector; otros países ven al modelo colombiano como un referente, ayudando a desarrollar la doctrina y la normatividad especializada para el sector solidario.
  • Es importante que haya unos requisitos para elegir al Superintendente y que exista un periodo para evitar que haya tanta rotación como ha pasado en los últimos años, eso genera una inseguridad jurídica para el sector.
  • Tanto para la Superintendencia como para el sector, sería positivo contar con una supervisión más apoyada en la tecnología con el fin de evitar tantos requerimientos.
  • Una tarea para el Colegio de Abogados es, desde la Academia y desde la experiencia de los asesores del sector que están asociados al colegio, hacer las propuestas de cambios normativos hacia el futuro. 

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