La realización de las Asambleas, pone en práctica del segundo principio cooperativo, “Control democrático”, que según la Alianza Cooperativa Internacional – ACI, se refiere a que “las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus miembros, que participan activamente en el establecimiento de sus políticas y en la toma de decisiones. Todas las personas que desempeñan la función de representantes seleccionados son responsables ante los miembros. En las cooperativas primarias, todos los miembros tienen el mismo derecho a voto (un miembro, un voto)”.
En Colombia, a partir de la Ley 79 de 1988, se establecieron los lineamientos y parámetros con que se debe realizar una Asamblea:
- ¿Qué es la Asamblea General?
Según el Capítulo IV, artículo 27 de esta Ley, “es el órgano máximo de administración de las cooperativas y sus decisiones son obligatorias para todos los asociados, siempre que se hayan adoptado de conformidad con las normas legales, reglamentarias o estatutarias. La constituye la reunión de los asociados hábiles o de los delegados elegidos por éstos”.
- ¿Cuándo debe realizarse la Asamblea General?
Según el artículo 28 del mismo capítulo, “las Asambleas ordinarias deberán celebrarse dentro de los tres (3) primeros meses del año calendario para el cumplimiento de sus funciones regulares, excepción hecha de las entidades de integración que las celebrarán dentro de los primeros cuatro (4) meses”.
- Funciones de la Asamblea
El artículo 34, establece las siguientes funciones para la Asamblea General:
1. Establecer las políticas y directrices generales de la cooperativa para el cumplimiento del objeto social.
2. Reformar los estatutos.
3. Examinar los informes de los órganos de administración y vigilancia.
4. Aprobar o improbar los estados financieros de fin de ejercicio.
5. Destinar los excedentes del ejercicio económico conforme a lo previsto en la ley y los estatutos.
6. Fijar aportes extraordinarios.
7. Elegir los miembros del consejo de administración y de la junta de vigilancia.
8. Elegir el revisor fiscal y su suplente y fijar su remuneración, y
9. Las demás que le señalen los estatutos y las leyes.
- ¿Cómo realizar Una Asamblea de manera exitosa?
Con el fin de apoyar al sector cooperativo en la realización de las Asambleas generales de asociados o delegados y dar cumplimiento a lo establecido en la Ley en cuanto a convocatoria, realización y registro de la Asamblea, Ascoop, diseñó un servicio especializado para que las entidades, puedan dar total cumplimiento a este requisito, y todos los parámetros que ello indica.
- Asesoría jurídica
- Servicio de plataforma (En modalidad no presencial o mixta)
- Realización y acompañamiento
Este servicio incluye la etapa de preparación con la entidad, la coordinación de los aspectos logísticos, la plataforma web con metodología de votación, simulacro de la asamblea, formulario de asistencia y otros.
Consulte la propuesta aquí o contáctese con la Unidad Jurídica de Ascoop a los correos jurídica@ascoop.coop – abogado@ascoop.coop o a los teléfonos 3184508440 – 314 3950999.