Excedente de Operaciones con Terceros – Cálculo del beneficio neto o excedentes en entidades de naturaleza Cooperativa

La Confederación de Cooperativas de Colombia – CONFECOOP -, contando con el apoyo de su Comité Consultivo Contable y Tributario, ante las inquietudes de algunas cooperativas en torno al tratamiento tributario que tiene el excedente de operaciones con terceros, el cual se encuentra regulado por el artículo 10 de la Ley 79 de 1988, ha realizado una revisión de la ley y la normatividad cooperativa así como de la norma tributaria, con el fin de dar una orientación a las entidades de naturaleza cooperativa establecidas en el artículo 19-4 del Estatuto Tributario.