Primer plazo para pago de la tasa de contribución a la Supersolidaria

La Superintendencia de la Economía Solidaria dio a conocer los valores y los plazos para el pago de la tasa de contribución anual que debemos aportar las entidades de la economía solidaria. El plazo para la primera de dos cuotas vence el último día de febrero.

Por medio de Circular Externa No. 24, la Supersolidaria notificó el cobro, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 37 y en el numeral 1 delartículo 38 de la Ley 454 de 1998 y teniendo en cuenta que elartículo 1º del Decreto 2159 de 1999, prevé que las entidades sujetas a la inspección,vigilancia y control de la Superintendencia se clasifican en tres niveles de supervisión,de acuerdo con su nivel de activos y el desarrollo o no de la actividad financiera, así:

1. Primer nivel: las cooperativas que ejercen actividad financiera en los términos delartículo 39 de la Ley 454 de 1998, adicionado por el artículo 101 de la Ley 795 de2003, y las organizaciones solidarias que, mediante acto administrativo emitidopor esta Superintendencia, hayan sido elevadas a primer nivel, porque susituación jurídica, financiera o administrativa así lo amerita (artículos 2 y 8 delDecreto 2159 de 1999). Tarifa por mil: 0.713

2. Segundo nivel: las organizaciones solidarias que no ejercen actividad de ahorroy crédito con sus asociados y que posean activos, al 31 de diciembre de 2020,iguales o superiores a CUATRO MIL TRESCIENTOS QUINCE MILLONESCUATROCIENTOS SEIS MIL VEINTIOCHO PESOS M/CTE ($4.315.406.028).Tarifa por mil: 0.409.

3. Tercer nivel: las organizaciones solidarias que no se encuentren dentro de losparámetros establecidos para el primer y segundo nivel y que cumplan, a criteriode la Superintendencia de la Economía Solidaria, con las característicasseñaladas en el artículo 6 de la Ley 454 de 1998 y que posean activos al 31 dediciembre de 2020 desde TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONESSETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SIETE PESOS M/CTE($335.737.507), hasta CUATRO MIL TRESCIENTOS QUINCE MILLONESCUATROCIENTOS SEIS MIL VEINTISIETE PESOS M/CTE ($4.315.406.027).Tarifa por mil: 0.262.

Las entidades con activos al 31 de diciembre de 2020inferiores a $335.737.506, no pagarán tasa decontribución.

Es importante resaltar, que las organizaciones podrán realizar el pago de las dos cuotasde la tasa de contribución en un solo contado a partir del 1 de febrero o acogerse a los dos plazos establecidos: primera cuota: “29 de febrero”; segunda cuota: 31 de agosto.

Únase a la conversación, lo invitamos a compartir este artículo.

Send this to a friend