Este pago está contemplado en el artículo 37 de la Ley 454 de 1998.
Si su cooperativa no ha registrado sus pagos (cuota uno – cuota dos), la Supersolidaria les invita a realizarlos a través de la página web, ingresando al enlace: https://www.abcpagos.com/supersolidaria/index_.php.
En caso de requerir información adicional para adelantar este proceso, escriba al correo electrónico: jrozo@supersolidaria.gov.co